Enel año 2010, a raíz de 2 sentencias del TEDH contra España (caso Puig Panella de 25 de abril de 2006 y caso Tendam de 13 de julio de 2010), la postura de la Sala Tercera cambió. El TEDH vino a señalar la afectación que sufría el derecho a la presunción de inocencia cuando se establecía una diferenciación entre las causas por
Laretirada de acusación se realiza siempre al final del juicio oral, una vez practicada toda la prueba, a la hora de elevar las conclusiones provisionales a definitivas. Su consecuencia es que, si no hay acusación particular, el Juez o Tribunal debe necesariamente dictar una sentencia absolutoria.
Encomunicación política, acusar públicamente sin pruebas suele ser tan contundente como presentar evidencias. | José Antonio Sosa Plata. #OpiniónLSR. Varios de los casos que hoy están dominando la agenda pública nacional tienen un común denominador: la falta de evidencias claras y contundentes ante las acusaciones que se
LASOLUCIÓN. En primer lugar se debe indicar que, la negativa a someterse a las pruebas de detección alcohólica, cuando sea requerido por un agente de la autoridad está considerado, de conformidad con el artículo 383 del Código Penal, como un delito que podrá ser juzgado y castigado con penas de prisión de 6 meses a un año y privación
Ocurreque: a) ninguna de las partes imputó a este acusado -ni provisionalmente ni definitivamente- el delito de receptación por el que la sentencia condena y b) que los hechos que se declaran probados no describen que este acusado, sin participar en la sustracción y con específico ánimo de lucro, hiciera suyo lo que un
Enel ámbito penal, el artículo 220 del Código Penal dice, frente a la injuria, que el que haga a otra persona imputaciones deshonrosas incurrirá en prisión de 16 a 54 meses y una multa de 13
Tampocoel medio de prueba es impertinente, ya que está directamente relacionado con los hechos de la investigación y será útil para determinar las consecuencias sufridas por la víctima en su salud. El medio de prueba que fue excluido no podría ser innecesario, pues no se refiere a hechos públicos, notorios o incontrovertidos.
Así la Sentencia núm. 176/2008 del Tribunal Supremo (Sala de lo Penal, Sección 1ª), de 24 abril (RJ 2008/1576), entre otras, establece que “el ejercicio de ese derecho constitucional no puede ser violentado por la acusación insistiendo en sus preguntas y no es precisa la documentación de las preguntas que realiza, sino la
Veo mal la inversión de la carga de la prueba, y acusar, sin motivos, sin pruebas, como ha pasado con el chico de Galicia”, dice la presidenta de la Comunidad de Madrid en un momento del debate.
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consecuencias de acusar sin pruebas